Ley de Colegios Profesionales
Lo que la ley pide a todo colegio, y lo que le falta al tuyo.
Desde la reforma de 2009, la Ley 2/1974 pide lo mismo a cualquier colegio, vise o no: un registro público, una ventanilla única, una memoria anual y un servicio de atención. Marca lo que tu colegio ya tiene y te decimos qué módulo cubre lo que falta.
- Siete preguntas
- No se guarda nada
- Artículos 5, 10, 11 y 12
Cinco obligaciones que tiene cualquier colegio.
Resumen orientativo de la Ley 2/1974, sin citas literales. Además, cada comunidad autónoma tiene su propia ley de colegios, que puede pedir algo más.
- Artículo 10
Una ventanilla única en la web
Los profesionales tienen que poder colegiarse, ejercer y darse de baja por vía electrónica, conocer el estado de sus trámites y recibir las convocatorias. Los consumidores, consultar los registros, reclamar y leer el código deontológico.
Con qué se cubre AI·Ciudadano, con la colegiación en línea y los trámites de AI·Gestión. - Artículo 10
Un registro de colegiados público y al día
Con el nombre, el número de colegiado, los títulos, el domicilio profesional y la situación de habilitación de cada colegiado, y el registro de sociedades profesionales.
Con qué se cubre El censo de AI·Gestión y el buscador público de AI·Ciudadano. - Artículo 11
Una memoria anual publicada
En el primer semestre de cada año, el colegio publica en su web su gestión económica, las cuotas, los procedimientos sancionadores, las quejas y reclamaciones, los cambios del código deontológico y, si visa, la actividad de visado.
Con qué se cubre AI·Analytics prepara las cifras y AI·Web la publica. - Artículo 12
Un servicio de atención a colegiados y consumidores
El colegio tiene que recibir, tramitar y resolver las quejas de sus colegiados y de consumidores y usuarios, también por vía electrónica.
Con qué se cubre Las reclamaciones de AI·Ciudadano, con plazo y seguimiento. - Artículo 5
Deontología y peritos para los juzgados
Entre las funciones de todo colegio están velar por la ética profesional, ejercer la potestad disciplinaria y facilitar a los juzgados la relación de colegiados que pueden actuar como peritos.
Con qué se cubre Los expedientes disciplinarios y las listas de peritos de AI·Gestión.
Leer el texto consolidado en el BOE (se abre en una pestaña nueva)
¿Qué tiene hoy tu colegio?
Marca lo que tu colegio ya tiene. Debajo de cada punto que no marques verás qué módulo lo cubre. La página no guarda ni envía nada.
0 de 7 Te faltan 7. Debajo de cada una tienes el módulo que la cubre.
Debajo de cada punto tienes el módulo que lo cubre.
Pedir la demo de lo que faltaEl botón abre el formulario de contacto con lo que falta escrito en el mensaje. Puedes cambiarlo, y no se envía nada hasta que pulsas el botón del formulario.
¿Quieres verlo resuelto? Sesión abierta online el jueves 5 de noviembre, a las 10:00. Apúntate
Sobre la ley y el autodiagnóstico.
No. Es un resumen orientativo para ver de un vistazo qué pide la ley y con qué se puede cubrir. Para un caso concreto, lo que vale es el texto vigente de la ley estatal y de la ley de tu comunidad autónoma, y el criterio de la asesoría jurídica de tu colegio.
No. Las casillas solo cambian lo que ves en la página. Si pulsas «Pedir la demo de lo que falta», el formulario de contacto se abre con la lista escrita en el mensaje, y no se envía nada hasta que tú lo decides.
Sí. El registro público, la ventanilla única, la memoria anual y el servicio de atención los pide la ley a todos los colegios profesionales, visen o no.
No. Se empieza por lo que más falta y se añade el resto por fases. AI·Gestión y AI·Ciudadano cubren la mayoría de los puntos y se contratan sin AI·Visado.
Te enseñamos cómo se cubre lo que falta.
Con datos ficticios y centrado en los puntos que tu colegio aún no tiene.
En la sesión
- Cada punto de la ley, sobre la plataforma real.
- Qué habría que configurar en tu colegio y en qué orden.
- Qué se publica en la web del colegio y qué queda dentro.